La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida rige a partir de este jueves y no afecta a los consumidores.
Con este cambio, los bancos y Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales, deberán reportar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue al $1.000.000, que hasta ahora era de $700.000.
Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Al igual que la nómina de cuentas de los clientes, deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $600.000, en lugar de los $400.000 anteriores.
Nuevos topes para informar a ARCA Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes: $600.000: Total de consumos con tarjetas de débito del país. Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales. $1.000.000: Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes. Total de depósitos a plazo constituidos en el mes. Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio. Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes. Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes. $2.000.000: Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto. La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.